Hemos siempre agradecido lo hecho por ustedes en "nuestra causa".Pero le hicimos un seguimiento equivocado a este trámite dentro de la Consejo de Magistratura, esperando que nos avisaran cuando el juez Cabral presentara su proyecto, lamentablemente nos enteramos cuando fue votado.

A pesar de eso, que mañana jueves 14/10, en el plenario, quede el Juez Axel López como alguien que "verificó con diligencia la oncurrencia de los diferentes requisitos que prevé la ley para la concesión de los beneficios reclamados por Díaz", nos molesta en forma muy profunda y lo sentimos como burla a su “labor”.

El Juez Axel López, usó las opiniones de los involucrados, cuando y cómo le convino.

Lo mismo hizo en el escrito de 70 páginas de sus "exculpaciones", mencionando lo que le convenía y escondiendo lo que no"

- Hablar de reinserción social en 17 oportunidades de una persona que nunca reconoció su anterior delito…

- Basarse en un acta del SPF. que refleja todas las entrevistas y resoluciones, desde el 31 de octubre, ingreso de Díaz al Penal de Ezeiza y el 13 de noviembre cuando se recibe en el juzgado la aceptación "unánime" de la salidas transitorias (12 días).

- No mencionar ni siquiera que cuando Díaz pide la extensión de las salidas laborales a los viernes, el rechazo unánime del mismo SPF que antes le había "servido" para apoyarse para darle las transitorias, además del Fiscal (sólo se refiere a esta), ahora ya no sirve, ni se  menciona.

- La ley de las salidas transitorias (y en el caso muy especial de las agresiones sexuales) es determinante con el domicilio donde el preso deberá cumplir o pernoctar en sus salidas y más adelante en su semilibertad: El domicilio designado estaba a seis cuadras de donde vivía su anterior víctima, sólo había que leer, lo que no leyó.

Esto además está en el acta del entrevistador social de SPF, donde se le pregunta a su concubina (pero está pre-escrita) Manifiesta, que en las cercanías  de su domicilio particular NO reside alguna víctima del pasado accionar delictivo del interno. Ella (interesada contesta que no), pero nadie investiga ni hace nada.

- Y por último las salidas laborales. El Juez autoriza sólo contra la presentación de la inscripción de la AFIP y una ART.

Para él eso demuestra "su trabajo". Lo que el Juez no se fijó, que el preso (que no pensaba en trabajar) toma un seguro de accidentes de trabajo en una ART (está en la carpeta de ejecución), pero "sin uso de máquinas eléctricas". No hay forma de hacer guitarras sin esas máquinas.

Además el Juez adujo ..."no resulta para nada necesario efectuar un control sobre la producción que realice el interno en su trabajo extramuros"... y le niega a la fiscalía en febrero su rechazo. Esto parece que se lo permite la ley, pero...

Cuando la fiscalía el 6 de mayo pide que se intime al preso Díaz a aportar constancias que dieran cuenta de lo realizado en los 9 meses de trabajo, el mismo Juez y con la misma ley, acepta el pedido y notifica el 18 de mayo al preso que debe demostrar lo realizado. Esto podría (seguro) provocar suspensiones de los beneficios de los viernes "libre y solo", sin la contención familiar, y ese viernes 22 de mayo intenta violar y asesina a Soledad.

Volvemos a repetir con el mayor de los respetos: si esto es:"verificó con diligencia la concurrencia de los diferentes requisitos que prevé la ley para la concesión de los beneficios eclamados por Díaz", debemos insistir, es un mal chiste de la justicia.

Un saludo cordial muy especial para ustedes y lamentamos profundamente, porque no creímos que esto iba a terminar así y mucho menos con un elogio al "trabajo, dedicación y diligencia del Juez”.

Victoria, Guillermo y Daniela Bargna.

Soledad Bargna siempre con nosotros…

Compartir en:

Deli.cio.us    Digg    reddit    Facebook    StumbleUpon    Newsvine