Últimas novedades

A CINCO MESES DEL ASESINATO DE SOLEDAD BARGNA, SE PRESENTÓ UN PROYECTO PARA MODIFICAR LA LEY DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD


Se trata de un Proyecto de Ley presentado por los diputados Conti y Kunkel, que propone significativas modificaciones en materia de delitos sexuales como impulsó la organización Construyendo Justicia desde el asesinato de Bargna.


Buenos Aires, 22 de octubre de 2009.- Días atrás, los diputados Diana Conti y Carlos Kunkel del Frente Para la Victoria, presentaron un Proyecto de Ley que modifica la Ley 24.660 –de ejecución de la pena privativa de libertad-, en materia de delitos contra la integridad sexual. Entre los puntos que este proyecto pretende modificar, se estipula una intensificación del tratamiento psiquiátrico de los condenados por abuso o violación, y la notificación preventiva por parte de las fuerzas del orden a miembros de la sociedad que compartan espacios con el condenado en casos de salidas transitorias o regímenes de semilibertad y libertad condicional.

Esta reforma es uno de los puntos que impulsa la organización Construyendo Justicia que ya cuenta con más de 125.000 adhesiones desde el asesinato de Soledad Bargna hace exactamente cinco meses. La chica de 19 años, fue asesinada a puñaladas por su vecino, quien gozaba de salidas transitorias en el lapso de su condena por violar a una nena de 15 años.

Mauro Fernández, coordinador de Construyendo Justicia declaró: “El proyecto presentado por los diputados Conti y Kunkel es de alto valor, ya que pone sobre la mesa temas hasta el momento ignorados por otros sectores, o que yacían en superfluos debates legislativos sin alcanzar concreción alguna. Que hoy hablemos de contemplar estos criterios es un paso, aunque quedaron varios puntos en el tintero que serían vitales tanto para la sociedad como para el condenado. El ejemplo más claro de esto es una de nuestras demandas, la creación de centros especializados para personas con desequilibrios sexuales peligrosos, y un tratamiento adecuado una vez terminada la condena.”

De acuerdo a lo expresado por Fernández, en los Estados Unidos el violador recibe un tratamiento psiquiátrico especializado una vez cumplida su condena y hasta el momento en que el cuerpo médico encargado no da el alta considerando que su reinserción no será peligrosa, la persona vuelve a insertarse en la sociedad de manera común. Cabe recordar los altísimos porcentajes de reincidencia que existen y el exponencial aumento de estos casos en la Argentina, por lo que la toma de medidas para reducirlos es inminente.

Compartir en:

Deli.cio.us    Digg    reddit    Facebook    StumbleUpon    Newsvine
Escribe: Viviam Perrone

Sra Presidenta
Cristina Fernández,

Desde la Asociación Civil Madres del Dolor necesitamos enviarle nuestro sentir en estos días próximos al Día de la Madre. Sabemos que es difícil para ud. comprendernos, como lo es para todos aquellos que este domingo van a poder compartir un día junto a todos sus hijos.
         
Es por eso que necesitamos que ud. se detenga y nos mire a los ojos. Al hacerlo podrá ver el dolor lacerante, ese mismo que nos rodea a través de las nuevas Madres que se suman a la lista. Podrá ver el esfuerzo que hacemos para que nuestras castigadas familias no se derrame como arena entre nuestros dedos, podrá comprender nuestro cansancio después de 3, 5, 7, 13...... años de búsqueda de Justicia.
 
Sra Presidenta,     

Le pedimos que recuerde las palabras del ex- Presidente Kirchner cuando dijo "Donde toco sale pus". 
         
Estas heridas siguen abiertas porque se puede matar en Democracia y gozar de Libertad. Las heridas no sanan porque la sociedad no es escuchada.
         
Quizás se preguntará qué hay que hacer para que comiencen a cerrar estas heridas. Solo piense en lo que se repite una y otra vez cuando aparecen casos relacionados con la delincuencia, con violaciones, secuestros, asesinatos de tránsito, etc.

Palabras como:
condenas a PRISIÓN pero terminan en LIBERTAD
MORIGERACIONES de penas a discreción
en libertad hasta la SENTENCIA FIRME
 
y hay mas...
 
5 años esperando que se vote la ley de un registro de ADN de Violadores
3 años esperando para que el abandono de persona en hechos de tránsito sea un agravante
 
y siguen las expresiones.....
 
Madres Contra el  Paco
Madres Contra la Impunidad
Madres Contra la Inseguridad
 
La lista es interminable pero lo peor es que cada lista significa DOLOR
 
En este Día de la Madre le pedimos empatia con nosotras pero no para sufrir con nosotras sino para que los que habitan nuestro país, puedan hacerlo en paz.

---
Asociación civil Madres del Dolor:
http://www.madresdeldolor.org.ar

Compartir en:

Deli.cio.us    Digg    reddit    Facebook    StumbleUpon    Newsvine

Mendoza | Especialistas en psiquiatría coincidieron en que los violadores que no pueden llevar a cabo su cometido pueden frustrarse y matar a sus víctimas.


Expertos en psiquiatría señalaron que la castración química evita la erección en los hombres, por lo que muchos violadores podrían frustrarse y el ataque derivar en el asesinato de la víctima.

Según el prestigioso psiquiatra Hugo Marietán, diresctor de la Revista Alcmeon de la Fundación Argentina de Neuropsiquiatría, la medida propuesta por el gobernador Celso Jaque “es un intento ante la falta de tratamiento de estas personas, ya que el violador reincidente va a seguir así durante el resto
de su vida y no hay una fórmula que pueda revertirlo”.

“Con la castración química (que ahora es una inyección cada 6 meses) se inhibe la producción de testosterona y el deseo. No hay erección y no se puede concretar el acto sexual. Incuso hay casos de violadores que se frustran y matan a la víctima”, dijo Marietán a Radio Nihuil.

Por su parte, el doctor Juan Florencia Reboredo dijo a diariouno.com.ar que aunque el violador este castrado, no se impide que pueda realizar desde abusos con otros objetos hasta tocamientos sin penetración. "La castración quimica es más una situación de sanción y castigo para los violadores, para disminuir el tenor del deseo sexual y la exitación", explicó.

Asimismo, Reboredo coincidió en que "una persona frustrada se puede poner más agresiva".

El doctor, profesor asociado de la cátedra de Psiquiatría en la Facultad de Medicina de la Universidad de Mendoza,  remarcó que la castración química no se ha comprobado científicamente como efectiva para evitar violaciones y que produce alteraciones y una feminización en quien la recibe, signada por pérdida de vello, aumento de las mamas y distribución distinta de las grasas, entre otras cosas.

Marietán también explicó que la castración no inhibe la sensación de poder que el violador busca tener sobre sus víctimas.

“En todo violador reincidente está el tema del uso del poder sobre los otros y la cosificación de la persona, porque el violador reincidente además de ser un perverso es un psicópata que ve a los demás como cosas para satisfacer sus deseos”, dijo.


Fuente: Diariouno.com, Mendoza
Leer nota original

Compartir en:

Deli.cio.us    Digg    reddit    Facebook    StumbleUpon    Newsvine
El psiquiatra Alberto Goldwaser (58) es argentino, pero vive en Nueva Jersey, Estados Unidos, desde los 12 años. Quizá por eso, en la conferencia le eran esquivos algunos términos legales en castellano. 

Visitó Buenos Aires para disertar en el Primer Congreso Internacional de Criminología y Psiquiatría Forense, del que participó también en la organización, junto a Daniel Navarro. La conferencia principal fue sobre “Abusadores sexuales y la ley en Estados Unidos”, y permitió conocer que en ese país 
el tratamiento de los internos puede prolongarse de por vida, en centros especiales de rehabilitación, en los que están obligados a residir tras haber cumplido la condena judicial

Predadores. “En los Estados Unidos, aquellos abusadores que son considerados predadores sexuales violentos (PSV) no son liberados luego de cumplir la condena por el delito, sino que son trasladados a un servicio donde reciben un tratamiento especial para estos casos. Recién cuando se considera que el riesgo ha disminuido, son dados de alta”, señaló Goldwaser. 

En diálogo con este diario, el psiquiatra precisó que ese tratamiento puede durar años e, incluso, de por vida, 
si es que se considera que continúa el peligro de reincidir. Manifestó que esto ha dado lugar a numerosos planteos legales de los internos, pero que los tribunales avalan el tratamiento hasta tanto se considere necesario

Hay dos diferencias para la ley. El abusador sexual, que cuando cumple la condena de prisión debe registrar su libertad y se notifica esa situación a la comunidad; y el de predador sexual violento, que cuando cumple la condena va al centro de reincidentes. El PSV es un diagnóstico legal –aclaró–, que se le atribuye a un abusador sexual que por un trastorno mental o por un trastorno de la personalidad, se hace probable que cometa otros actos si no es confinado en una institución”. 

Goldwaser explicó que un abusador PSV es alguien que además de ataques sexuales comete generalmente otros delitos y usa la coerción. “Generalmente, tienen poca capacidad de reflexión y son repetitivos y compulsivos”, apuntó. 

Parámetros de análisis. Una de las herramientas que les permiten confirmar el diagnóstico legal de predador sexual violento, es el “Static 99”, una especie de cuestionario acerca de 10 parámetros de criminalidad que, según la respuesta, brinda un puntaje que representa un riesgo de reincidencia en delitos sexuales que va de bajo, a alto. 

Según explicó Goldwaser, ese estudio se realiza objetivamente, con la información judicial disponible. Apuntó que el “Satic 99” es el resultado de una investigación canadiense sobre predicción del riesgo que estudió seis mil casos de abusadores sexuales. 

Entre los 10 factores, se toma en cuenta la edad del interno, 
si tuvo pareja estable durante un mínimo de dos años, qué delitos le endilgaron, si fueron sólo delitos sexuales, qué condena recibió, si la víctima era menor de edad, si era varón o mujer, y si era o no del entorno personal. Según graficó, representa más riesgo criminológico el ataque a una víctima casual, menor de edad, que a alguien del entorno. 

El especialista se desempeña actualmente en un centro de Nueva Jersey, 
donde residen más de 400 abusadores PSV que ya cumplieron su condena

Según explicó, el tratamiento que reciben allí es complejo y consta de cinco fases, la primera de las cuales (y la más importante) apunta a lograr la adaptación a la institución. 

A partir de entonces, desde lo conductual y cognitivo se trabaja con los internos para evitar la recaída, para cambiar la excitación, para que residente identifique su ciclo de reacción sexual y desarrolle mecanismos de control. 

“Según el resultado, el tratamiento puede durar años. Incluso, de por vida”, indicó. 

Medidas para la comunidad 

Alberto Goldwaser trazó una recorrida histórica de la legislación norteamericana en materia de delitos sexuales. Según explicó, todo remonta a 1937, cuando se sancionó la primera ley de psicópatas sexuales. La primera ley en cuanto a los abusadores PSV (predadores sexuales violentos) data de 1990, cuando se sancionó la hospitalización involuntaria de éstos. 

También repasó la jurisprudencia en cuanto a la obligación que rige en la mayoría de los estados, sobre el registro de ofensores sexuales y la notificación obligatoria a la comunidad sobre el recupero de libertad de un abusador. Reseñó la disputa judicial que esto despertó, aunque apuntó que la Corte sucesivamente ha ido avalando este tipo de acciones

Consultado sobre si estas medidas redundaron en una disminución del delito, dijo que no. “Ni las registraciones, ni la notificación redundaron en bajar el índice. Son 
medidas que apuntan a la protección de la comunidad, que buscan que la población pueda tomar sus prevenciones. En algunos estados, estas notificaciones se hacen casa por casa” remarcó.



Fuente: La Voz del Interior

Compartir en:

Deli.cio.us    Digg    reddit    Facebook    StumbleUpon    Newsvine

A las seis de la tarde de cada sábado, un tutor lo pasa a buscar por la casa de su pareja y lo devuelve a la celda donde pasó los últimos tres años, desde que fue condenado por "abuso sexual agravado", delito en el que había reincidido. Esto ocurre desde mediados de agosto, cuando un tribunal marplatense le concedió el beneficio de las salidas transitorias basándose en informes que sostenían la "conducta ejemplar" del violador y desestimó otro del Servicio Penitenciario, desaconsejando la medida. La resolución, que se conoció ayer, habilita al convicto a una salida semanal de 10 horas, en las que sólo puede permanecer en casa de su pareja.

Los jueces Ricardo Favarotto, Esteban Viñas y Marcelo Riquert -de la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías- entendieron que los informes del Grupo de Admisión y Seguimiento y de la Junta de Selección (supervisan a los reclusos) no eran "suficientes para impedir que nuestro asistido pueda insertarse en una modalidad de encierro más atenuada y en beneficio de una adecuada reinserción".

El hombre cumple una condena de 3 años y 6 meses de prisión, por un delito que comprende una pena mucho mayor: "abuso sexual agravado por el uso de arma y privación ilegal de la libertad en concurso ideal". Pero como su causa nunca llegó a juicio oral y se trató mediante un juicio abreviado, obtuvo una pena menor que se encuadró dentro de las escalas legales. Su condena termina el 14 de diciembre de este año.

Los jueces descartaron la calificación negativa de los organismos del Servicio Penitenciario, donde le dieron la carátula de "sobreadaptación carcelaria".

"Los informes emanados de la Justa de Selección del Servicio Penitenciario, que hacen referencia exclusivamente a características de personalidad del encausado, no resultan obstáculo de entidad suficiente como para impedir la concesión del beneficio", indicaron los jueces. Dichos informes nunca son vinculantes, conforman un parámetro más que los jueces deben considerar.

En cambio, los magistrados puntualizan que el detenido "supo acatar el régimen imperante en la unidad carcelaria, lo cual se evidencia en el concepto y calificación de conducta ejemplar 10". Sólo fue, desde su detención en 2006, sancionado una vez en el primer año de su detención. "Nuestro sistema legal prevé un régimen de progresividad, esto significa que entre el encierro y la recuperación definitiva de la libertad se debe probar al sujeto", explicó a Clarín el juez Esteban Viñas.

 


Fuente: Clarín
Leer la nota original o véase edición impresa con recuadro de Construyendo Justicia en sección policiales.

 

 

Compartir en:

Deli.cio.us    Digg    reddit    Facebook    StumbleUpon    Newsvine

Más artículos...

Página 3 de 5

3